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De competencia de la Secretaría de Tránsito, la Responsabilidad Contravencional, con el fin de determinar si alguno, todos o ninguno de los actores involucrados (conductores, peatones), infringieron una norma contenida en el Código Nacional de Tránsito (no respetar una fase del semáforo, una señal de tránsito, exceso de velocidad, entre otros), dando lugar a la imposición de una sanción a favor del Estado.
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Si el accidente generó la lesión o muerte de una persona, eventualmente podría surgir para el conductor involucrado una responsabilidad penal, que conlleva una pena privativa de la libertad, condenada por la competencia de los jueces penales.
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La responsabilidad civil, de competencia de los jueces civiles o penales, según el caso, tiene por objeto el resarcimiento de las víctimas y la reparación de los perjuicios sufridos (daño emergente, lucro cesante, perjuicio moral, entre otros), a cargo del responsable o los responsables mediante sentencia condenatoria.